Se ha dado a conocer un caso donde una empresa recibía los currículims y no avisaba a los candidatos del proceso de selección y los derechos de privacidad.
¿Alguna vez se ha dado el caso de que has mandado un currículum a una empresa y nunca te llegaron a responder? Si es así puede que este inconveniente tenga los días contados por no dar un ‘acuse de recibo’ a los candidatos, además,
dicho silencio puede ser constituyente de infracción y los afectados tendrían que dirigirse a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) para presentar el problema.
Este organismo ha llevado un caso reciente en el que se
ha multado a una empresa con 2.000 euros por no dar una respuesta a la víctima. Según se notifica en la resolución, el reclamante encontró una oferta de empleo a través de Internet, siguió las instrucciones que se indicaban, contactó con la empresa y envió su currículum a través de WhatsApp, aunque desafortunadamente, todos estos pasos no sirvieron para nada porque no obtuvo ninguna respuesta.
El usuario desconocía qué iban a hacer con sus datos personales, por consiguiente, elaboró una denuncia ante la AEPD con las aportaciones de capturas de pantalla donde solo se mostraba un correo electrónico, número de teléfono y una dirección postal sobre la web corporativa. Básicamente,
no había ninguna referencia de quién podía ser el delegado de protección de datos, por ello, el organismo procedió a poner la denuncia.
AEPD determina que la recogida de datos a través de formularios -como portales web- constituye un tratamiento de datos, por lo que su responsable queda sometido a las exigencias del Reglamento europeo de privacidad -recibir currículums supone otro tratamiento de información personal-. Tras conocer la resolución,
se recordó que los responsables de las empresas están obligados a comunicar a los usuarios el plazo durante el cual se conservarán los datos.
Las empresas que incumplan la normativa habrán cometido infracciones leves, además, si no tienen previas infracciones o son empresas pequeñas recibirán sanciones de 2.000 euros. Si existiese un caso en contra de la resolución de la denuncia, existe la posibilidad de acudir ante la jurisdicción contencioso-administrativa.